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- 39 - diesen. Mui pronto excedió el número de estas nuevas resoluciones a las recopiladas i se aumentaron tam bién las contradicciones asta el punto de no ser posi ble distinguir las leyes vijentes de las qe abian sido revocadas en todo o en parte. La ciencia de la le- jislacion colonial española llegó a ser por este motivo una verdadera nigromancia, en cuyos arcanos solo estaban iniciados los qe tenían bastante osadía para acer imperar su capricho o su interes, invocando en su apoyo una lei de indias u otra cédula cualqiera de su majestad. Por esto dice un observador qe « los juicios civi les i criminales, los asuntos de renta, i los de po licía sufrían tanta variedad i oposición de decretos i reales órdenes, qe no se aliaba un fundamento en qe estribar ningún reclamo, qeja o solicitud. Todo nacía, dependía i terminaba en la arbitrariedad de los ministros déla corte i de los jefes de América. Ellos siempre se daban entre sí la mano i las deter minaciones eran mútuamente sostenidas, según con venia a sus ideas de gobernar despóticamente. . . . Al mismo tiempo, en cualqiera paso qe se diese en el gobierno de América se abia de encontrar siempre el obstáculo de alguno de los muchos fueros i pri— vilejios délas corporaciones i profesiones qe abun daban en ella.» (o) Todos estos vicios tenían su oríjen